Herencias, Sucesiones y Donaciones en Andorra: Impuestos, Trámites y Planificación Patrimonial
Recibir una herencia o realizar una donación en vida son dos de las formas más habituales de transmitir patrimonio entre familiares. Y en ambos casos surge la misma pregunta: ¿cuánto se paga de impuesto de sucesiones y donaciones en Andorra?
La respuesta, en la inmensa mayoría de los casos, es sencilla: 0 euros. El Principado no aplica impuesto de sucesiones ni impuesto de donaciones, lo que lo convierte en una de las jurisdicciones más eficientes de Europa para planificar el traspaso de patrimonio, ya sea en vida o por fallecimiento.
Pero el 0% no es automático, ni incondicional, ni idéntico para herencias que para donaciones. Depende de dónde reside el causante o el donante, dónde están situados los bienes y dónde reside quien recibe. Entender bien estas variables puede suponer una diferencia de cientos de miles de euros, especialmente cuando hay conexión con España u otro país con fiscalidad elevada.
En Gestions Meritxell, como expertos en asesoría fiscal en Andorra, te explicamos en esta guía cómo funciona el impuesto de sucesiones y donaciones en el Principado, qué ocurre en los escenarios transfronterizos más habituales, cómo se reparte una herencia según el derecho andorrano y qué estrategias existen para planificar tu patrimonio de forma eficiente y segura.
¿Existe el impuesto de sucesiones y donaciones en Andorra?
No. El Principado de Andorra no aplica ningún tributo sobre la transmisión gratuita de bienes, ni por fallecimiento (sucesiones) ni por acto entre vivos (donaciones). No existe impuesto de sucesiones, no existe impuesto de donaciones y tampoco existe impuesto sobre el patrimonio. Es una de las fiscalidades más favorables de Europa para la transmisión de riqueza entre generaciones. El sistema fiscal andorrano se articula principalmente en torno a tres figuras: el IRPF, con un tipo máximo del 10%; el Impuesto de Sociedades (IS), también al 10%; y el IGI (equivalente al IVA), con un tipo general del 4,5%. La ausencia de tributación sobre herencias y donaciones se recoge en la Ley de Sucesiones y Donaciones del Principado, en vigor desde 2016, que además modernizó por completo el marco legal hereditario andorrano. Esta ventaja aplica de forma general a las transmisiones entre familiares directos —ascendientes, descendientes y cónyuges, lo que en terminología fiscal española se conoce como Grupos I y II—, que es el escenario más habitual tanto en sucesiones como en donaciones. Para transmisiones entre personas sin vínculo de parentesco directo, conviene analizar cada caso de forma específica, ya que pueden aplicar matices distintos según la naturaleza del bien transmitido. Que la cuota tributaria sea cero no significa, sin embargo, que el trámite carezca de formalidades. Tanto en una herencia como en una donación es imprescindible declarar correctamente la operación, justificar el origen de los fondos y cumplir con la normativa de prevención de blanqueo de capitales, tanto si el patrimonio proviene de una sucesión como de una donación inter vivos.Qué costes sí existen al gestionar una herencia o una donación en Andorra
Que no haya impuesto de sucesiones ni de donaciones no significa que el proceso tenga coste cero. Tanto al tramitar una herencia como al formalizar una donación hay que contar con honorarios notariales, tasas registrales y, en el caso de inmuebles, el Impuesto sobre las Plusvalías en las Transmisiones Patrimoniales Inmobiliarias —el matiz que más confusión genera, ya que grava la diferencia de valor del inmueble transmitido en función de los años que lo mantuvo su titular anterior. Cuando la operación involucra más de una jurisdicción, por ejemplo bienes en España, contar con una gestoría especializada evita errores que pueden acabar costando mucho más de lo que se pretendía ahorrar.Impuesto de sucesiones y donaciones: Andorra frente a España y Francia
La diferencia entre Andorra y sus países vecinos es contundente, tanto para herencias como para donaciones, aunque con matices importantes que conviene conocer antes de sacar conclusiones precipitadas.Herencias y donaciones: Andorra vs. España
En España, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) es un tributo cedido a las comunidades autónomas, que tienen competencia para aplicar reducciones, bonificaciones y coeficientes multiplicadores propios. Esto genera una fiscalidad muy desigual según el territorio, tanto para herencias como para donaciones entre padres, hijos y cónyuges:| Comunidad autónoma | Bonificación aplicada (Grupos I y II) |
| Cantabria, Islas Baleares | 100% |
| Madrid, Andalucía, C. Valenciana, Extremadura, La Rioja, R. de Murcia, Castilla y León | 99% o superior |
| Resto de comunidades sin bonificación relevante | Tarifa progresiva estatal: 7,65% – 34% |
| Andorra | 0%, sin distinción territorial |
Y frente a Francia
Francia tiene uno de los sistemas más rigurosos de Europa, con tipos que pueden alcanzar el 45% en línea directa una vez agotados los mínimos exentos legales. Para familias con vínculos entre Andorra y Francia, la diferencia de tributación es todavía más determinante que en el caso español, y convierte la planificación de la residencia fiscal en Andorra en una decisión con impacto económico directo, tanto para donaciones en vida como para sucesiones futuras.¿Cómo se declara una donación en Andorra?
Aunque la cuota tributaria sea cero, las donaciones no están exentas de trámites. Para que la operación sea legal y el dinero sea bancarizable, se deben seguir estos pasos:
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Escritura Pública: Las donaciones de inmuebles y, en muchos casos, las de grandes cantidades de dinero, deben formalizarse ante un notario andorrano.
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Justificación de Fondos: Se debe aportar documentación que acredite la trazabilidad del dinero.
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Declaración Informativa: Es necesario informar a las autoridades tributarias para mantener la transparencia fiscal.
Herencia y sucesiones en Andorra
Andorra tiene su propio derecho sucesorio, con reglas que difieren notablemente de las españolas tanto en fiscalidad como en reparto del patrimonio. Esta sección reúne todo lo que hay que saber sobre cómo funciona una herencia en el Principado: requisitos para no pagar impuestos, cómo se reparte legalmente el patrimonio, los tipos de testamento disponibles y los trámites paso a paso.Requisitos para no pagar impuesto de sucesiones
El impuesto 0% en sucesiones se aplica cuando concurren las condiciones correctas. Los tres factores determinantes son la residencia fiscal del causante, la localización de los bienes y la residencia del heredero. Residencia fiscal del causante en Andorra. Para que la herencia tribute según la ley andorrana, la persona fallecida debe haber tenido su residencia fiscal en Andorra en el momento del fallecimiento. Esto implica haber cumplido los requisitos de residencia efectiva: permanencia mínima de 183 días al año en el Principado y haber trasladado el centro de intereses económicos y vitales a Andorra. Sin esta condición, la ley de otro país puede reclamar competencia sobre la sucesión. Localización de los bienes. Aunque el causante fuera residente fiscal en Andorra, si parte de su patrimonio está ubicado fuera del Principado, esos activos pueden quedar sujetos a la fiscalidad del país donde se encuentran. Un inmueble situado en España, por ejemplo, tributa en España independientemente de dónde viviera el propietario. Qué ocurre con los bienes situados fuera de Andorra. Este es uno de los puntos más críticos, tanto en herencias como en donaciones. Si el causante era residente fiscal en Andorra pero tenía bienes en España, esos bienes quedan sujetos al ISD español por obligación real. La Agencia Tributaria española grava los inmuebles, las cuentas bancarias en entidades españolas y las participaciones en empresas radicadas en España, con independencia de dónde viviera el titular. Una planificación patrimonial previa —ya sea mediante estructura societaria o mediante donación progresiva en vida— permite minimizar este impacto de forma legal.El derecho sucesorio andorrano: cómo se reparte la herencia
Más allá de la fiscalidad, el derecho sucesorio andorrano tiene sus propias reglas sobre cómo se distribuye el patrimonio. Conviene conocerlas, especialmente en lo que difieren de la normativa española, porque afectan directamente a cómo se puede planificar tanto una herencia como las donaciones que la preceden. La legítima en Andorra: diferencias con España. La legítima es la parte de la herencia que la ley reserva a ciertos herederos y de la que el testador no puede disponer libremente. En España, la legítima asciende en general a dos tercios del patrimonio hereditario para los descendientes. En Andorra, la legítima es de solo una cuarta parte del valor de la herencia. Esto otorga al testador andorrano una capacidad de disposición mucho mayor sobre su propio patrimonio: puede asignar libremente el 75% restante a quien considere oportuno, sin quedar vinculado por la obligación de repartir entre todos los hijos por partes iguales. Esta libertad testamentaria es, junto con la fiscalidad, uno de los factores que más valoran quienes planifican su patrimonio desde Andorra. La cuarta viudal: protección del cónyuge superviviente. El derecho andorrano no reconoce al cónyuge como heredero legitimario con derecho a una porción fija del patrimonio en todos los casos. Sin embargo, sí existe la figura de la cuarta viudal, cuya finalidad es proteger al cónyuge superviviente que, tras sumar sus bienes propios y los que recibe por la liquidación del régimen económico matrimonial, no dispone de recursos suficientes para cubrir sus necesidades. En ese caso, el cónyuge tiene derecho a reclamar una cuarta parte del valor neto de la herencia como mínimo de subsistencia. Cuando el testador sí ha incluido al cónyuge en el testamento y le ha asignado bienes suficientes, esta figura no entra en juego. Sucesión intestada: qué pasa si no hay testamento. Cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento, se aplica el orden de sucesión legal establecido por la ley andorrana. Desde la reforma de 2016, el orden es el siguiente:- Los hijos y demás descendientes directos, por derecho de representación.
- Si no hay descendientes, el cónyuge viudo, respetando la legítima de los padres del fallecido.
- Si no hay descendientes ni cónyuge, los padres del causante.
- Si no hay ninguno de los anteriores, los parientes colaterales.
Tipos de testamento válidos en Andorra
El testamento es el instrumento esencial para planificar cómo se distribuye el patrimonio tras el fallecimiento, y su correcta formalización condiciona directamente cuánto tardará y cuánta seguridad jurídica tendrá el proceso sucesorio. En Andorra se reconocen tres modalidades. Testamento notarial abierto. Es la opción más habitual y recomendada. El testador acude a la notaría, expone su voluntad y el notario redacta el documento, que el testador revisa y firma. El notario lo autoriza, lo registra y lo custodia. No suele ser necesaria la presencia de testigos. Su principal ventaja es la seguridad jurídica: queda registrado oficialmente y su existencia es fácilmente verificable por los herederos. Testamento notarial cerrado. El testador redacta el documento por sí mismo, ya sea de forma manuscrita o mediante medios técnicos, indicando el lugar y la fecha. Debe firmar todas las hojas. A continuación, lo introduce en un sobre cerrado y lo entrega al notario, quien consigna en el exterior el nombre del testador, el contenido del sobre, y la fecha y hora de recepción. El sobre queda custodiado por el notario. Testamento ológrafo (voluntad holográfica). Es el testamento enteramente escrito y firmado de puño y letra por el testador, con indicación de fecha y lugar. No requiere notario para su redacción, pero sí debe ser certificado ante una autoridad judicial para que tenga validez. Al no quedar registrado en ningún registro oficial, existe el riesgo de que no sea localizado o de que su autenticidad sea cuestionada. En la práctica, es la opción menos recomendable para quienes tienen patrimonio relevante.Trámites de una herencia en Andorra, paso a paso
El proceso sucesorio en Andorra es ágil en comparación con otros países europeos. Debe iniciarse en un plazo máximo de 6 meses desde el fallecimiento, y el notario andorrano es la figura central: verifica la validez del testamento, confirma el orden de los herederos y emite el acta de adjudicación de herencia. El proceso completo suele durar entre 6 y 12 meses. La documentación necesaria incluye certificado de defunción, testamento (o acreditación de parentesco en sucesión intestada), inventario de bienes, identidad de los herederos y certificado de últimas voluntades andorrano. Más abajo encontrarás una tabla comparativa con los trámites de herencia y donación en paralelo.
Impuesto de donaciones en Andorra
La figura de la donación inter vivos es, junto con la ausencia de impuesto sucesorio, uno de los atractivos más potentes del sistema andorrano para la planificación patrimonial. Muchas familias combinan ambas herramientas: donaciones progresivas en vida para anticipar el reparto y reducir el patrimonio sujeto a sucesión futura, junto con una planificación testamentaria clara para el resto. Esta sección reúne todo lo que hay que saber sobre cómo tributa una donación en el Principado, quién paga, qué diferencias existen entre donar dinero o inmuebles, y los trámites paso a paso.¿Quién paga el impuesto de donaciones y cómo tributa?
En cualquier proceso de transmisión, la pregunta clave es: ¿en una donación quién paga los impuestos? Normalmente, el sujeto pasivo —quien recibe el dinero o el bien— es quien debe declarar la operación. En el contexto andorrano conviene distinguir dos escenarios:- Donaciones entre familiares directos (equivalente a Grupos I y II en terminología fiscal española): donaciones de padres a hijos, entre abuelos y nietos o entre cónyuges. En estos casos, la tributación es del 0%, sin límite de importe.
- Donaciones a terceros o familiares colaterales: en ciertos casos de transmisiones a personas sin vínculo directo, podrían aplicar normativas específicas o retenciones dependiendo de la naturaleza del bien donado. Conviene analizar cada situación de forma individual.
Donación inter vivos: sin impuesto y sin límite de importe
En Andorra, una persona puede transmitir en vida la totalidad o parte de su patrimonio a otra persona sin pagar ningún impuesto de donaciones, y sin límite de importe. Esta figura es especialmente útil para quienes prefieren anticipar el reparto de su herencia en vida, evitar posibles conflictos futuros entre herederos, o simplemente reorganizar su patrimonio antes del fallecimiento de forma ordenada y fiscalmente eficiente. Esta ventaja contrasta con la situación en España y Francia, donde las donaciones entre particulares están fuertemente gravadas —con tipos que, según la comunidad autónoma o el país, pueden superar el 30% e incluso el 40%— salvo que se apliquen bonificaciones autonómicas específicas.Requisitos formales de una donación válida en Andorra
Para que la donación sea legalmente válida y no pueda ser impugnada, debe formalizarse mediante escritura pública ante notario andorrano. Además, debe comunicarse a la administración tributaria. En el caso de bienes inmuebles, la donación requiere la actualización del valor catastral y la inscripción registral a nombre del nuevo propietario. El incumplimiento de estas formalidades puede invalidar la operación o generar problemas posteriores de trazabilidad bancaria. Te ayudamos con el papeleoDonación de dinero vs. donación de inmuebles: matices fiscales
No todas las donaciones son iguales, y cuánto se acaba tributando —o si se tributa algo— depende directamente de la naturaleza del activo donado. Impuesto por donación de dinero. Es la forma más sencilla. Si un padre dona 100.000 € a un hijo en Andorra, la tributación es del 0%. El requisito fundamental no es fiscal, sino de cumplimiento bancario: será necesario un documento que acredite que el donante obtuvo ese dinero de forma lícita. Donación en vida de inmuebles. Aquí entra en juego el Impuesto sobre las Plusvalías en las Transmisiones Patrimoniales Inmobiliarias, ya mencionado: si se dona un piso comprado hace pocos años, se tributa hasta un 15% sobre la diferencia de valor, porcentaje que baja progresivamente hasta el 0% a partir de 10 años de tenencia. La respuesta a cuánto se paga por donar una casa en Andorra depende, por tanto, de cuánto tiempo hace que el donante es propietario —no de quién la recibe—, y esta misma mecánica aplica también a los inmuebles transmitidos por herencia.Trámites de una donación en Andorra, paso a paso
Aunque la cuota tributaria sea cero, las donaciones tampoco están exentas de trámites: escritura pública ante notario andorrano, justificación del origen de los fondos y declaración informativa a las autoridades tributarias. La operación debe pasar además por un proceso de compliance bancario que demuestre la licitud de los fondos del donante, y conviene analizar si en el país de origen del dinero existe un impuesto que grave la salida del capital antes de que llegue a Andorra.Herencia vs. donación: trámites en paralelo
| Trámite | Herencia | Donación |
| Plazo | 6 meses desde el fallecimiento | Sin plazo perentorio en Andorra |
| Documento clave | Acta de adjudicación de herencia | Escritura pública de donación |
| Quién interviene | Notario andorrano | Notario andorrano |
| Justificación económica | Inventario de bienes del causante | Certificado de origen de fondos |
| Duración estimada | 6 – 12 meses | Semanas, sujeto a compliance bancario |
| Declaración fiscal | Declaración del expediente sucesorio | Declaración informativa + IRPF si eres residente |
Errores comunes al gestionar herencias y donaciones en el Principado
Evitar sanciones y bloqueos administrativos es tan importante como ahorrar impuestos. Algunos de los errores más frecuentes que vemos en Gestions Meritxell son:- No formalizar la donación correctamente. Pensar que, como es entre familiares y al 0%, no hacen falta papeles. Esto puede bloquear el dinero en el banco y generar alertas de blanqueo de capitales.
- Olvidar los impuestos de salida en el país de origen. Si el donante o el causante era residente en un país con impuestos altos, ese país puede considerar que hay una “ganancia patrimonial” por el simple hecho de regalar o transmitir el bien.
- Confundir donación con préstamo. A veces es más interesante realizar un préstamo entre particulares a tipo 0% que una donación, según la situación patrimonial de cada parte. En Gestions Meritxell analizamos qué opción conviene más en cada caso concreto.
- No planificar la sucesión antes de que sea necesaria. Muchas familias solo empiezan a informarse sobre legítima, testamento y sucesión intestada cuando el fallecimiento ya se ha producido, perdiendo la oportunidad de haber optimizado la transmisión mediante donaciones progresivas o estructuras societarias.
- Ignorar el Impuesto sobre Plusvalías en inmuebles. Tanto en donaciones como en herencias de inmuebles recientemente adquiridos, olvidar este impuesto es una de las sorpresas fiscales más habituales.
Preguntas frecuentes sobre el impuesto de sucesiones y donaciones en Andorra
A continuación, resolvemos las dudas más habituales que recibimos en Gestions Meritxell sobre la fiscalidad y el proceso legal de las transmisiones patrimoniales, tanto por sucesión como por donación.
¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones en Andorra?
En Andorra no existe el impuesto de sucesiones. Un heredero que reciba bienes situados en el Principado de un causante residente fiscal en Andorra no paga ningún impuesto sobre esa transmisión, con independencia del valor del patrimonio recibido. La excepción son los inmuebles adquiridos recientemente por el causante, que pueden generar el Impuesto sobre Plusvalías en las Transmisiones Patrimoniales Inmobiliarias.
¿Si recibo una donación de dinero desde el extranjero debo pagar impuestos en Andorra?
Si eres residente fiscal en el Principado y recibes una donación de dinero de un familiar, en Andorra la tributación será del 0%, ya que no existe un impuesto de donaciones para el receptor en estas circunstancias. Sin embargo, el factor crítico no es cuánto pagas, sino cómo lo declaras. Es obligatorio que la operación pase por un proceso de compliance bancario para demostrar la licitud de los fondos del donante. Además, debemos analizar si en el país de origen del dinero existe un impuesto por donación que grave la salida del capital. En nuestra gestoría coordinamos la recepción para que el dinero sea totalmente bancarizable y legal en territorio andorrano.
El porcentaje a pagar varía entre el 15% y el 0%, dependiendo de cuántos años haya mantenido la propiedad en su patrimonio. Si el donante ha sido propietario durante más de 10 años, la donación estará exenta de este impuesto. El donatario (quien recibe), por su parte, solo tendrá que hacer frente a los gastos de notaría y a la tasa de inscripción en el Registro de la Propiedad.
¿En una donación o herencia de un inmueble, quién paga los impuestos?
En el caso de bienes inmuebles situados en Andorra, aunque no se pague el impuesto de donaciones o de sucesiones tradicional, la operación puede generar el Impuesto sobre las Plusvalías en las Transmisiones Patrimoniales Inmobiliarias. En una donación, quien paga es el donante —quien entrega la casa—, ya que es él quien ha experimentado el incremento de valor del bien desde que lo compró. El porcentaje varía entre el 15% y el 0%, dependiendo de cuántos años haya mantenido la propiedad en su patrimonio; si ha sido propietario durante más de 10 años, la donación estará exenta de este impuesto. El donatario, por su parte, solo tendrá que hacer frente a los gastos de notaría y a la tasa de inscripción en el Registro de la Propiedad. En una herencia, el criterio de antigüedad se cuenta desde que el causante adquirió el inmueble.
¿Qué pasa si no hay testamento en Andorra?
Si una persona fallece sin testamento, se aplica el orden de sucesión legal andorrano: primero los hijos y descendientes directos, después el cónyuge viudo si no hay descendientes, a continuación los padres del causante, y por último los parientes colaterales. Este orden se estableció con la reforma de la Ley de Sucesiones de 2016, que además equiparó en derechos a todos los tipos de pareja legalmente reconocidos en Andorra.
¿Cómo se declara una donación y qué documentos son obligatorios?
Aunque la cuota sea cero, el procedimiento para declarar una donación en Andorra es riguroso: se necesita un contrato o escritura notarial donde se identifique al donante, al donatario y el valor exacto del bien o la cantidad de dinero; un certificado de origen de fondos, imprescindible para donaciones de efectivo; y una declaración informativa que, si eres residente, deberás reflejar en tu declaración anual del IRPF como variación patrimonial. No declarar correctamente puede llevar a que el banco bloquee la operativa de esa cuenta por falta de trazabilidad.
¿Puedo donar en vida para reducir lo que pagarán mis herederos?
Sí, y es una de las estrategias de planificación patrimonial más utilizadas desde Andorra. Al no existir impuesto de donaciones, se puede ir trasladando patrimonio en vida a la siguiente generación sin coste fiscal en Andorra, reduciendo el volumen que quedará sujeto a sucesión en el futuro. Ahora bien, si los beneficiarios residen fuera de Andorra —por ejemplo, en España—, es imprescindible analizar la fiscalidad del país de residencia del receptor antes de ejecutar la donación, para evitar que el ahorro conseguido en origen se pierda en destino.
¿La legítima en Andorra funciona igual que en España?
No. En España, la legítima de los descendientes asciende en general a dos tercios del patrimonio hereditario. En Andorra, la legítima es de solo una cuarta parte del valor de la herencia, lo que otorga al testador una capacidad de disposición mucho mayor sobre el 75% restante de su patrimonio.
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Asesoramiento legal y fiscal en herencias y donaciones en Andorra
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Para diseñar la estrategia fiscal idónea y reducir al mínimo la carga tributaria, evaluamos:
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Residencia fiscal de las partes: ¿Dónde resides tú y dónde se encuentra el beneficiario (heredero o donatario)?
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Naturaleza y localización del activo: ¿Se trata de dinero en efectivo, participaciones societarias o bienes inmuebles en Andorra o el extranjero?
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Convenios de Doble Imposición (CDI) e impacto internacional: Analizamos cómo afecta la legislación de tu país de origen para evitar retenciones o impuestos no deseados en destino.
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Tramitación integral de herencias, sucesiones y donaciones
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Cálculo de tributación e impuestos indirectos: Determinamos si existe impacto por plusvalías inmobiliarias municipales, ITP o impuestos de salida en el país de origen.
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Preparación documental y coordinación notarial: Redactamos las escrituras de donación, testamentos o actas de adjudicación de herencia y coordinamos la firma ante notario en el Principado.
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Compliance y trazabilidad bancaria: Preparamos el expediente de justificación del origen de fondos para que las entidades financieras en Andorra validen la operación sin bloqueos de cuenta.
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Inversión extranjera y registros: Si la operación involucra a no residentes o requiere autorización previa del Gobierno de Andorra, gestionamos todos los trámites administrativos y registrales.
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